Chris Brown recibe ocho meses de prisión por agresión en Londres, pero evita la cárcel

El cantante estadounidense recibió una condena suspendida por un año tras declararse culpable de agredir al productor musical Abraham Diaw en un club nocturno en 2023.
El cantante estadounidense Chris Brown fue condenado a ocho meses de prisión por una agresión ocurrida en un club nocturno de Londres en febrero de 2023. Sin embargo, la sentencia fue suspendida durante un año, por lo que no tendrá que ingresar a la cárcel si cumple las condiciones impuestas y no comete otro delito durante ese periodo.
El artista, de 37 años, se declaró culpable de agredir al productor musical Abraham Diaw en el club Tape, ubicado en el exclusivo barrio de Mayfair. Brown estaba acusado de golpearlo con una botella de vidrio durante el incidente.
Durante la audiencia en el Tribunal de la Corona de Southwark, se presentaron imágenes de las cámaras de seguridad en las que se observa al cantante golpear a Diaw en varias ocasiones. De acuerdo con lo expuesto ante el tribunal, los impactos alcanzaron principalmente la cabeza y también un hombro.
El juez Tony Baumgartner calificó la agresión como un acto claramente peligroso y advirtió que la fama o el éxito comercial no justifican un trato preferencial ante la justicia.
En el mismo caso, Omololu Akinlolu, entrenador vocal de Brown, recibió una condena de cuatro meses de prisión, también suspendida por un año. Ambos deberán cubrir además las costas judiciales, por un monto conjunto reportado de aproximadamente mil 770 euros.
Los antecedentes de Chris Brown
La sentencia vuelve a poner bajo los reflectores los antecedentes de violencia relacionados con el cantante. En 2009, Brown se declaró culpable de agredir a su entonces pareja, la cantante Rihanna, en un caso de violencia doméstica que derivó en libertad condicional, servicio comunitario y un programa de intervención.
La condena por el incidente de Londres no implica que Brown deba cumplir de inmediato una pena de prisión. La suspensión está condicionada a que respete las disposiciones judiciales durante el periodo establecido.
Comentarios (0)
Comparte tu opinión sobre este artículo
Sé el primero en comentar este artículo




