Vinculan a proceso a Chad “N” por feminicidio y homicidio calificado

La defensa alegó que el imputado padece trastorno de estrés postraumático y cuestionó diversas pruebas de la Fiscalía; permanecerá en prisión preventiva.
Chad “N”, ex policía texano, fue vinculado a proceso por los delitos de feminicidio y homicidio calificado en agravio de Laura “N”, Jaqueline “N” y Emanuel “N”, luego de la audiencia celebrada ante la jueza Dorian Martínez.
Al concluir la sesión, la autoridad judicial determinó que el imputado deberá permanecer bajo prisión preventivamientras continúa el proceso y se desarrolla la investigación de los hechos.
Durante esta audiencia, Chad “N” estuvo acompañado por dos abogados particulares, luego de que en la audiencia inicial fuera representado por un defensor de oficio. También contó nuevamente con el apoyo de una perito traductora.
La sesión tuvo dos interrupciones solicitadas por el propio imputado. En una de ellas pidió autorización para acudir al baño y posteriormente manifestó haber presentado un episodio de ansiedad.
Uno de los principales argumentos de la defensa estuvo relacionado con el estado de salud mental del acusado. Sus abogados solicitaron que no fuera vinculado a proceso y plantearon que pudiera ser considerado inimputable, al señalar que presenta trastorno de estrés postraumático.
De acuerdo con la defensa, el padecimiento habría surgido después de que Chad “N” participara presuntamente en un enfrentamiento armado en Texas, en el que murieron algunos de sus compañeros.
Los abogados señalaron que este trastorno podría provocarle intolerancia a las multitudes, ruidos fuertes y contacto con otras personas, además de dificultades para distinguir entre una amenaza real y una situación que pudiera percibir como peligrosa.
Como parte de los elementos presentados para respaldar esta postura, la defensa incorporó documentos que, según explicó, acreditarían que el imputado perteneció a la armada como soldado y conductor de tanques de guerra. También fueron presentados dos informes de valoración médica, uno elaborado en Estados Unidos y otro en México.
Los defensores sostuvieron que ambos documentos hacen referencia a un cuadro clínico que puede verse alterado ante determinados estímulos y mencionaron síntomas como ataques de pánico, pesadillas recurrentes, temor a salir o convivir con otras personas, problemas de concentración, tensión muscular e hipersensibilidad.
La defensa agregó que los recuerdos relacionados con el supuesto enfrentamiento armado podrían desencadenar episodios en los que el imputado experimente nuevamente el acontecimiento traumático.
Incluso, los abogados aseguraron que un médico estadounidense determinó que Chad “N” presenta una incapacidad severa y que, bajo niveles elevados de estrés, podría tener dificultades para identificar adecuadamente si existe una amenaza para él o para otras personas.
Por ello, al finalizar sus argumentos, solicitaron que el acusado sea sometido a una nueva valoración por especialistas en salud mental.
La defensa también cuestionó diversos elementos de prueba presentados por la Fiscalía General del Estado, entre ellos la cadena de custodia de los indicios. Los abogados señalaron supuestas irregularidades en los procesos de recolección, embalaje, etiquetado y colocación de firmas, señalamientos que fueron rechazados por el Ministerio Público.
Otro de los puntos controvertidos fue la prueba de pólvora. Los defensores argumentaron que un resultado positivo no puede considerarse determinante por sí mismo, debido a que existen diferentes factores que pueden influir en este tipo de análisis.
Asimismo, cuestionaron el número de casquillos encontrados en el lugar de los hechos. De acuerdo con la defensa, fueron localizados 11 casquillos percutidos, mientras que algunos vecinos dijeron haber escuchado únicamente cuatro detonaciones. La Fiscalía consideró que dicha comparación corresponde a una apreciación subjetiva y no invalida los indicios encontrados.
Por su parte, el Ministerio Público puso en duda los estudios psicológicos utilizados por la defensa para acreditar el supuesto trastorno de estrés postraumático.
La Fiscalía señaló que uno de los documentos presentados tiene fecha del 29 de julio de 2026, mientras que, de acuerdo con el testimonio del hermano de Litzy, Chad “N” y su esposa habrían llegado a Saltillo desde el 27 de julio.
También cuestionó la metodología de los estudios realizados tanto en Estados Unidos como en México, al considerar que la documentación presentada no permite acreditar de manera suficiente el diagnóstico señalado por la defensa.
El Ministerio Público indicó además que algunos de los informes no especifican una metodología de prueba y cuestionó una evaluación física al considerar que habría sido subjetiva, debido a que no se aplicaron pruebas ni se realizó una entrevista personal.
Entre los argumentos expuestos por la Fiscalía también se hizo referencia a las condiciones en las que se encontraban las víctimas el día de los hechos. Según el Ministerio Público, permanecían en la cocina y en el lugar fueron encontrados restos de comida, situación que, desde su perspectiva, las colocaba en una condición de vulnerabilidad.
La representación social añadió que, de acuerdo con testimonios de familiares, Chad “N” tenía previsto regresar ese mismo día a Estados Unidos después de dejar a Litzy en el domicilio de su madre, Laura.
Para la Fiscalía, estos elementos son compatibles con la hipótesis de que el ataque pudo haber sido planeado y cuestionan el argumento de que el imputado se encontraba atravesando un episodio de estrés al momento de los hechos, particularmente ante el señalamiento de que posteriormente habría huido del lugar.
Después de escuchar los argumentos de ambas partes y analizar los datos de prueba presentados durante la audiencia, la jueza Dorian Martínez determinó vincular a proceso a Chad “N” por los delitos de feminicidio y homicidio calificado.
El imputado permanecerá en prisión preventiva mientras continúa el procedimiento judicial. La siguiente audiencia fue programada para el 12 de febrero de 2027, fecha en la que se prevé dar continuidad a la presentación y recopilación de elementos dentro del proceso.
Cabe señalar que la vinculación a proceso no constituye una sentencia condenatoria y el imputado mantiene su derecho a la presunción de inocencia mientras no exista una resolución judicial firme.
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